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viernes, 16 de marzo de 2012

Plan de Pago a Proveedores
 
ATA ANDALUCÍA ADVIERTE A LOS AUTÓNOMOS QUE TIENEN QUE COMUNICAR A LOS AYUNTAMIENTOS QUE QUIEREN COBRAR LAS FACTURAS PENDIENTES
 
La Asociación de Trabajadores Autónomos de Andalucía, ATA, advierte a todos los autónomos con facturas sin cobrar de los ayuntamientos, acercarse a los consistorios para comprobar si están incluidos en el listado de proveedores pendientes de pago que los municipios deberán entregar a Hacienda y llevar a cabo los pasos adecuados que especificamos a continuación.
 
Como aprobó el Gobierno, sólo se podrán exigir deudas por obras, servicios y suministros generadas antes del 1 de enero del 2012 y emitidas debidamente como obligaciones de pago dentro de lo que estipula la Ley de Contratos del Sector Público.
 
Dentro del procedimiento que se deberá llevar a cabo para cobrar las deudas impagadas por las Administraciones Públicas, será necesario que el autónomo consulte si aparece incluido en la “lista de proveedores y obligaciones pendientes de pago”; en caso afirmativo el proveedor deberá manifestar su voluntad de ejercer su derecho de cobro, indicando los datos de su cuenta corriente a fin de hacer efectivo el cobro de la deuda.
 
Si una vez consultada la lista de proveedores, el autónomo advirtiera que no está incluido en ella, podrá solicitar ante la Entidad deudora que esta le emita un certificado individual en el que se le reconozca la existencia de la deuda, el cual, deberá expedirse en el plazo máximo de 15 días; pasado este plazo si no existe respuesta por parte de la Entidad, se entenderá, por silencio positivo, que esta ha reconocido la deuda y por tanto el derecho al cobro. 
 
Es importante que, además de confirmar si el autónomo con deudas pendientes de pago se encuentra en el listado del consistorio, verificase también si está debidamente identificado, si es correcto el importe de la deuda, si se incluye la fecha de emisión de la factura y si se especifica que en su día se inició o no un trámite judicial para su cobro, dato que debe quedar reflejado. A continuación, y una vez verificados los anteriores datos, también es importante que el autónomo manifieste su voluntad proceder al cobro de las facturas pendientes a través de este procedimiento para lo que facilitará su número de cuenta bancaria. 
 
Se prevé que en el caso de las Entidades Locales el pago de las deudas pendientes a los autónomos comience a realizarse a partir del 1 de mayo; en el caso de las Comunidades Autónomas se efectuará a partir del 15 de mayo.
 
Desde ATA recordamos a todos los proveedores que en el caso de alguna duda o consulta se dirijan o consulten por teléfono en las oficinas de la asociación donde se les asesorará convenientemente. 
 
Más información en el teléfono 900 100 060 y el documento “ASÍ FUNCIONARÁ EL PLAN DE PAGO A PROVEEDORES: Cómo cobrar en 10 pasos” está disponible en www.ataandalucia.com

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